El derecho administrativo como asignatura se ubica, generalmente, en los últimos años de la carrera. No es infrecuente que los estudiantes avanzados sientan con mayor intensidad la preocupación respecto de su futuro profesional y se acerquen a la Cátedra con variadas inquietudes y, entre tantas, las de las lecturas pendientes o recomendables. El profesor hará un repaso rápido de las obras y sus autores y le sugerirá una lista más o menos extensa. El contenido variará según las preferencias de aquél. Sin embargo, es casi seguro, que todas las obras recomendadas serán de derecho administrativo. Y si es así, se tratará de un consejo menguado.
Los textos de teoría general del derecho permanecen marginados. Las urgencias prácticas que aparecerán en el horizonte del estudiante -se cree- no encontrarán respuestas si se sugieren tales obras. Y así comienza una orientación que da la espalda a un espacio decisivo de la reflexión jurídica. La cuestión no ha pasado inadvertida. No es habitual que la bibliografía consista en la lectura de una entrevista y menos lo es, que entrevistador y entrevistados sean dos juristas consagrados. Es el caso de Manuel Atienza -profesor de la Universidad de Alicante, España- y Riccardo Guastini -profesor de la Universitá Degli Studi di Genova, Italia. El primero afirma: «Hace tiempo que pienso que el mayor defecto de la filosofía, o la teoría, del Derecho latina es su falta de pragmatismo, en el sentido de que, a diferencia de lo que ocurre –por ejemplo– con la teoría jurídica estadounidense, entre nosotros –me parece– hay una excesiva separación entre teoría y práctica, entre los teóricos del Derecho, por un lado, y los juristas dogmáticos, los abogados o los jueces, por el otro. Hemos construido quizás una teoría del Derecho de alto nivel técnico, pero poco influyente en la práctica«. Y luego pregunta: «¿qué piensas sobre el papel que la teoría del Derecho del mundo latino está teniendo en la cultura jurídica y en la práctica del Derecho en general?» Guastini responde así: «Desgraciadamente la teoría general del Derecho tiene una escasísima influencia sobre la práctica de los juristas y de los jueces, esto es, sobre la dogmática y sobre la jurisprudencia». Y agrega: «Pero hablando en general, juristas y jueces no leen la literatura teórica; probablemente no la encuentran interesante para su trabajo, demasiado abstracta, demasiado enrarecida. Parece que la perciban como un inútil ejercicio intelectual. Debo decir con determinación que están equivocados: los juristas y los jueces que no estudian la teoría general del Derecho son ignorantes, y permanecen ignorantes, inconscientemente felices de su ignorancia». La entrevista íntegra es esclarecedora. El propio Atienza efectúa otra -muy interesante- al jurista alemán Robert Alexy. Finalmente, en el mismo formato, un clásico jurídico rioplatense: Carlos S. Nino entrevista a Genaro R. Carrió.
Pero las omisiones en la sugerencia bibliográfica subsisten si todos los textos giran en torno al derecho. La lectura, confinada al terreno de la literatura jurídica, terminará dando frutos pobres si no se le añaden, en dosis variables, las obras de otras disciplinas. Y aquí aparece la razón de esta breve nota. Un niño de doce años que deseaba ser abogado en la edad adulta escribió una carta a un juez de la Suprema Corte pidiéndole consejo sobre las lecturas que lo prepararían mejor para su profesión. El hecho es curioso porque el juez le contestó y la respuesta alcanzó difusión. Esto ocurrió en los Estados Unidos de Norteamérica en 1954. El niño se llamaba Paul M. Claussen; el juez, Felix Frankfurter. Entre nosotros no hay que ser un experto en el derecho estadounidenses para conocer al magistrado -que ocupó un lugar en el máximo tribunal de aquel país entre 1939 y 1962- pues nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación ha invocado sus votos en, al menos, una veintena de casos. El Poder Judicial –dice la Corte con palabras de Frankfurter– es «el menos democrático de los tres poderes, ya que es ajeno por su elección y por su duración a las reglas y pautas que rigen la formación de los otros dos poderes». Cuando se trata de limitar el activismo judicial los votos de Frankfurter son de auxilio pues él sostuvo, con firmeza, la conocida doctrina del judicial restraint.

Menos difundida que sus votos es la breve carta que le dirigió al niño que deseaba ser abogado. Dice así:
“Mi querido Paul:
Nadie puede ser realmente un abogado competente a menos que sea un hombre culto. Si fuese tú, me olvidaría de cualquier tipo de preparación técnica. La mejor manera de prepararte para el estudio del Derecho es convertirte en una persona culta. Sólo así se puede adquirir la capacidad de utilizar el lenguaje en la escritura y en el discurso oral, con los hábitos de un pensamiento claro que sólo una educación verdaderamente liberal puede dar. No menos importante para un abogado es cultivar sus facultades imaginativas, leyendo poesía, viendo grandes pinturas (ya sean originales o en reproducciones fácilmente disponibles) y escuchando buena música. Llena tu mente con un depósito de buenas lecturas y amplía y profundiza tus sentimientos experimentando tanto como sea posible los maravillosos misterios del universo, y olvídate de tu futura carrera. Con mis mejores deseos, sinceramente tuyo, Felix Frankfurter».
La literatura, la historia, la música, el cine, en fin, el arte en cualquiera de sus manifestaciones integra la buena bibliografía obligatoria. Por un instante puede repetirse con Frankfurter: «Olvídate de tu futura carrera«.
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